Esto luego de que por unanimidad, se anularán diversos artículos del Código Civil del estado de Veracruz

La Suprema Corte invalida el derecho a la vida y la discriminación de los derechos LGBT

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)invalida, el llamado al derecho a la vida y la discriminación de los derechos LGBT.

Esto luego de que por unanimidad, se anularán diversos artículos del Código Civil del estado de Veracruz que discriminaban a las parejas del mismo sexo para casarse y registrar a sus hijos.

Por unanimidad de los diez ministros presentes, el pleno del máximo tribunal declaró la invalidez del artículo 4º de la constitución estatal, donde se establecía que “… El Estado garantizará el derecho a la vida del ser humano, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, como valor primordial que sustenta el ejercicio de los demás derechos”.

El ministro ponente, Javier Laynez Potisek, diferencia de otros casos similares, cuando los gobiernos estatales incorporan este “derecho a la vida” a sus estatutos; en Veracruz se le ha dado un nivel superior a otros derechos, “lo que evidentemente se opone a derechos fundamentales de la mujer como sería el derecho a decidir; por estas razones se propone la invalidez”.

También se analizaron en esta sesión las impugnaciones promovidas por la comisión estatal y la nacional de derechos humanos en contra del Decreto 569, que modificó varios artículos del Código Civil de Veracruz.

Al igual que en el caso anterior, por unanimidad, fue invalidados los artículos que definían al matrimonio como la unión entre un solo hombre y una sola mujer e impedían el registro de los hijos de parejas de un mismo sexo con los apellidos de sus progenitores.

Para el ministro Luis María Aguilar, esto “defiende un determinado proyecto de familia, cerrando los ojos a la realidad”, por lo cual la SCJN aprobó declararlos inconstitucionales.

Ver más notas

You must be logged in to post a comment Login